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040: aBICOJ erda
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082: a348.0237281 bG918cpcm. 222
110: aGuatemala. Jefe del Gobierno de la República. Enrique Peralta Azurdia.d1964.eMinistro de la Defensa Nacional.
245: aDecreto Ley 107 :bCódigo Procesal Civil y Mercantil. Exposición de Motivos. Anotado y concordado.
246: aDecreto Ley Número 107.
264: aGuatemala : bEdiciones Jurídicas Especiales, c2006
300: a518 páginas ;c21 cm.
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490: aColección Temas Jurídicos.
500: aDerechos de Autor reservados. Gilberto Salazar B.
500: aEl Decreto Ley 107 de fecha 14 de septiembre de 1963, que contiene el Código Procesal Civil y Mercantil, se publicó en el Diario Oficial los días 19, 20, 21 y 23 de diciembre de 1963, y, por Decreto Ley 180 de fecha 25 de febrero de 1964, publicado el día 27 se reguló su vigencia a partir del 1 de julio de 1964.
505: aNormas conexas : Decreto del Congreso de la República número 15-71 (Arraigo). Acuerdo número 32-2003 de la Corte Suprema de Justicia (Tribunal de Conflictos de Jurisdicción). Decreto Ley número 126-83 (Procedimiento legal para la declaración de parte del Estado, sus Organismos y Entidades Descentralizadas. Decreto del Congreso de la República número 48-2005 (relativo al Inquilinato). Acuerdo número 2-2006 de la Corte Suprema de Justicia (Modificaciones al Acuerdo número 5-97, relativo a la nueva distribución del trabajo entre los órganos jurisdiccionales del ramo civil). Acuerdo número 6-2006 de la Corte Suprema de Justicia (relativo a la fecha de vigencia del Acuerdo 2-2006).
520: aEl actual Código de Enjuiciamiento Civil y Mercantil -Decreto Legislativo 2009- fue sancionado por la Asamblea Legislativa el 26 de mayo de 1934. Derogó el Código de Procedimientos Civiles, emitido por Decreto Gubernativo número 176, de 8 de marzo de 1877; y dejó sin efecto también la Ley de Enjuiciamiento Mercantil, emitida por Decreto Gubernativo número 191, el 20 de julio de 1877, así como las diversas reformas que se introdujeron a dichos cuerpos de leyes. El actual Código entró en vigor el 15 de septiembre de 1934, o sea que tiene más de 27 años de aplicación. Consta de 1,174 artículos, de los cuales algunos aparecen derogados o sustituídos por medio de decretos que figuran en el texto del Código. El anteproyecto de este Código, Decreto Ley Número 107, fue elaborado por el Doctor en Leyes Mario Aguirre Godoy, especializado en la materia y los licenciados Carlos Enrique Peralta Méndez y José Morales Dardón, que integraron la Comisión nombrada por el Gobierno de Enrique Peralta Azurdia.
536: aBiblioteca Central. Organismo Judicial de Guatemala
546: aEspañol
650: aDERECHO PROCESAL CIVIL Y MERCANTIL y 1963zGUATEMALA
650: aDECRETO LEY NÚMERO 107 xCÓDIGO PROCESAL CIVIL Y MERCANTILxJEFE DE GOBIERNO DE LA REPÚBLICA xENRIQUE PERALTA AZURDIA y1963zGUATEMALA
650: aDECRETO LEY NÚMERO 15-71 xARRAIGOxCONGRESO DE LA REPÚBLICAy1971zGUATEMALA
650: aACUERDO NÚMERO 32-2003xTRIBUNAL DE CONFLICTOS DE JURISDICCIÓN xCORTE SUPREMA DE JUSTICIAy2003
650: aDECRETO LEY NÚMERO 126-83xPROCEDIMIENTO LEGAL PARA LA DECLARACIÓN DE PARTE DEL ESTADO, SUS ORGANISMOS Y ENTIDADES DESCENTRALIZADAS xJEFE DE ESTADOxOSCAR HUMBERTO MEJÍA VÍCTORESy1983zGUATEMALA
650: aDECRETO NÚMERO 48-2005xLEY DE INQUILINATOx CONGRESO DE LA REPÚBLICA y 2005 z GUATEMALA
650: aACUERDO NÚMERO 2-2006xCORTE SUPREMA DE JUSTICIA y2006 zGUATEMALA
650: aACUERDO NÚMERO 6-2006xCORTE SUPREMA DE JUSTICIA y2006 zGUATEMALA
650: aEXPEDIENTE 2706-2005xCORTE DE CONSTITUCIONALIDAD y2006 zGUATEMALA
700: aSalazar B. Gilberto. eCompilador