Casación No. 673-2009

Sentencia del 16/07/2010

“...Existiendo medios de prueba que conforme la sana crítica requieren valoración del tribunal de sentencia para determinar si derivan de ellos la convicción racional sobre la existencia del hecho de la acusación, sobreseer anticipadamente produce la violación del derecho legítimo a un juicio penal, que ofrece el Estado como derecho público de las personas a obtener una respuesta judicial fundada. Al emitirse anticipadamente el sobreseimiento se dejaron de resolver los puntos esenciales objeto de la acusación formulada. Dicha circunstancia exige declarar de oficio la anulación de la resolución de primer grado antes identificada, y por el efecto que produce se anula el auto proferido por el tribunal ad quem, ordenándose el reenvío para que el juzgado respectivo cumpla con lo aquí considerado...”