Casación No. 273-2009

Sentencia del 09/06/2010

“...Esta Cámara concluye que resulta improcedente el subcaso invocado, en virtud que de la lectura de la sentencia dictada por la Sala Regional Mixta de la Corte de Apelaciones de La Antigua Guatemala, no se advierte que la misma carezca del requisito formal de fundamentación; toda vez que sus consideraciones explican de forma clara y sencilla, las razones del por qué declaró no acoger el recurso de apelación especial interpuesto, principalmente porque los argumentos del casacionista no son convincentes, ya que tal como se explicó anteriormente, evidentemente la Sala de mérito hizo una serie de señalamientos en cuanto a las deficiencias encontradas en el planteamiento del recurso de apelación especial, pero luego adujo “No obstante ser motivo suficiente para desestimar el recurso de Apelación Especial por Motivo de Forma interpuesto, esta Sala realiza el estudio de mérito, y al punto estima”, y a continuación procedió a esgrimir sus razonamientos, los cuales cumplen con la forma y el contenido de la motivación, satisfaciendo de esa manera los requisitos básicos y formales de validez. En consecuencia el recurso interpuesto debe declararse improcedente...”