Casación No. 107-2009

Sentencia del 30/07/2010

“…El Tribunal de Casación, ha manifestado en otras oportunidades, de acuerdo con la doctrina procesal más autorizada, que la fundamentación puede ser muy breve o escueta pero si es eficaz, con ella se garantiza la justicia contra las decisiones arbitrarias de los jueces. En el presente caso, el hecho de que la querellante adhesiva no comparta el razonamiento y resolución vertida por el tribunal de apelación, no significa que la sentencia recurrida adolezca de la falta de fundamentación alegada. En consecuencia, el recurso de casación objeto de conocimiento, deviene improcedente…”