Casación No. 21-2009

Sentencia del 18/11/2010

“... del análisis de la sentencia recurrida, se corrobora que la Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del ramo Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente, al dictar la sentencia que se impugna mediante el presente recurso, explica de manera clara la inexistencia del agravio denunciado, mediante el recurso de apelación especial, motivo por el cual se estima que dicha autoridad fundamenta el fallo recurrido y cumple de esta forma con la exigencia legal contenida en el artículo 11bis del Código Procesal Penal.... Por lo expresado anteriormente, se afirma que el fallo se encuentra debidamente argumentado, por estar apoyado en razonamientos de derecho que permiten conocer el criterio jurídico esencial que lo fundamenta, motivo por el cual no existe a juicio de esta Cámara, el agravio denunciado por el recurrente, ya que se le explican en forma clara y sencilla las razones del porque de la decisión asumida por parte de la Sala objetada...”